OBJETIVOS DEL PROGRAMA
Crédito que permite a los usuarios propietarios de bosque nativo, manejar sus bosques en el marco de la Ley de Bosque Nativo.
¿A QUIÉN ESTÁ DIRIGIDO?
Personas naturales o jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en el Decreto de Ley N°701 de 1974. Además, deben:
- Explotar un predio rústico de máximo 200 hectáreas
- 500 hectáreas cuando estos predios se ubiquen entre la I y IV región, incluida la XV
- 800 hectáreas cuando estos predios se ubiquen en la comuna de Lonquimay (IX región), en la provincia de Palena (X región), o en las regiones XI y XII
- Poseer activos que no superen un equivalente a 3.500 Unidades de Fomento (UF)
- Poseer ingresos que provengan principalmente de la explotación agrícola
- Trabajar directamente la tierra
BENEFICIOS PARA EL USUARIO
Recibir crédito para el manejo de bosque nativo.