La Comisión Europea avanza en diversos cambios de las normas higiénicosanitarias para la producción de carne

La Comisión Europea avanza en diversos cambios de las normas higiénicosanitarias para la producción de carne

A mediados de diciembre se daba a conocer la adopción de un acto delegado por parte de la Comisión Europea en el que se realizan algunas enmiendas a lo anexos II y III del Reglamento (CE) nº 853/2004 en lo referente a ciertos requisitos para la producción de carne.

Atendiendo a la experiencia vivida en la aplicación de este Reglamento y a las nuevas evidencias mostradas por la EFSA, la propuesta de moficiación de estos reglamentos que propone la Comisión Europea pasan por:

  • Permitir el aturdimiento y el sangrado en la explotación de un número limitado de ovinos y caprinos en determinadas condiciones y modificar las condiciones para todos los ungulados;
  • Introducir requisitos específicos para el madurado de la carne de vacuno;
  • Modificar las condiciones de transporte de las canales y determinados cortes de ungulados domésticos y armonizar las pruebas de la temperatura superficial de dicha carne;
  • Permitir el transporte de caza de cría sacrificada en la explotación a un establecimiento de manipulación de caza, ampliar los requisitos de información sobre la cadena alimentaria a los operadores que realizan estas actividades y suprimir la declaración que acompaña a la caza de cría transportada al establecimiento de manipulación de caza;

También conviene aprovecha para aclarar determinados requisitos establecidos en los anexos II y III del Reglamento (CE) n.º 853/2004 con el fin de evitar cualquier ambigüedad, en particular en lo que se refiere a:

  • El marcado de identificación de los productos de origen animal;
  • Los requisitos de certificación en el punto de entrada en la Unión de determinadas carnes de ungulados.

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