Fin de aprovechamiento de agua y dominio del Estado en la minería pasan al borrador de la nueva Constitución

Fin de aprovechamiento de agua y dominio del Estado en la minería pasan al borrador de la nueva Constitución

La jornada 98° del sábado recién pasado fue clave, puesto que durante esa mañana -y tras el rechazo del informe en una primera instancia- el Pleno aprobó en general la inclusión del informe de reemplazo de la Comisión de Medio Ambiente, mientras que en la tarde dio luz verde a dos temas de impacto en sectores productivos clave: el fin de aprovechamiento de agua y el dominio absoluto del Estado en la minería, que pasaron al borrador final de la nueva Constitución.

Lo anterior, después de dicho documento lograse 114 votos a favor (necesitaba 103 como mínimo para pasar directamente al texto final), 34 en contra, y 3 abstenciones. De modo que durante las últimas horas el trabajo de los políticos al interior de a la sede del ex Congreso se ha centrado en deliberar respecto de cada una de las normas y sus respectivas indicaciones.

Y tal como ocurrió en la primera instancia, los artículos que están siendo actualmente debatidos requieren 103 vistos buenos para ser despachados inmediatamente al borrador de la Convención. En el caso de que logren una cantidad de votos inferior a esta pero superior a 38, estas disposiciones se tomarán como “rechazadas” y tendrán la opción de volver a la Comisión de Medio Ambiente para su posterior modificación. Mientras que en el caso de contar con menos de 38 votos, estos serán automáticamente eliminados del informe.

Es en este contexto y tras cerca de 8 horas de discusión, que temas como el Estatuto Constitucional del Agua, o las normas que definirán nuevas reglas para el desarrollo de la minería en el país de a poco han ido tomando forma. Y con más de la mitad del informe revisado, ya se sabe con certeza cómo ingresarán ambas materias a la redacción de la propuesta de nueva Carta Magna.

Fin a los derechos de aprovechamiento de agua

En lo que respecta al área sanitaria, el Pleno zanjó que el texto final incorporará el Estatuto Constitucional de Aguas, tras haber obtenido 116 votos a favor. Y con ello el artículo 1°, que fija que “el Estado debe proteger las aguas, en todos sus estados y fases, y su ciclo hidrológico”, y que “siempre prevalecerá el ejercicio del derecho humano al agua, el saneamiento y el equilibrio de los ecosistemas”. Y el n° 2, que establece que el “Estado velará por un uso razonable de las aguas”, y pone fin a los derechos de aprovechamiento de aguas al dictar que “las autorizaciones de uso de agua serán otorgadas por la Agencia Nacional de Aguas” y serán de carácter “incomerciable”.

Asimismo, la propuesta de nueva Constitución integrará la norma que establece que “los Consejos de Cuenca serán los responsables de la administración de las aguas, sin perjuicio de la supervigilancia y demás atribuciones de la Agencia Nacional de las Aguas y otras instituciones competentes”. Y se reconoció el “uso tradicional” de aguas situadas en autonomías territoriales indígenas o territorios indígenas, de manera que será el Estado el encargado de “garantizar su protección, integridad y abastecimiento” para los pueblo indígenas.

Por otro lado, durante la sesión se declaró al Estado como “custodio de los humedales, bosques nativos y suelos”, y se estableció que será el Estado el encargado de “garantizar la preservación, restauración y la conservación de espacios naturales”.

Una de las indicaciones que hasta esta jornada generaba inquietud en el sector sanitario era la n° 17, propuesta por Camila Zárate, coordinadora de la Comisión de Medio Ambiente, y que establecía que los servicios de producción y distribución de agua potable se realizarían exclusivamente por entidades públicas estatales, dejando de lado a las empresas sanitarias que hoy operan en el país. Sin embargo, esta fue rechazada por 68 a favor, 59 en contra, 16 abstenciones, y quedó totalmente eliminada de toda discusión.

Dominio absoluto de los minerales

En tanto, el Pleno de la CC aprobó por 104 votos a favor, 15 en contra y 28 abstenciones el Estatuto Constitucional de los Minerales, y con ello distintas normas que, en conjunto, fortalecen la participación del Estado en el desarrollo de esta actividad en comparación a los privados. Una de estas disposiciones es el artículo 22°, que indica que “el Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas y las sustancias minerales (…)”, y que tanto la exploración como explotación y aprovechamiento de estas sustancias quedará sujeta “a una regulación que considere su carácter finito, no renovable, de interés público intergeneracional y la protección ambiental”.

Del mismo modo, los convencionales dieron su visto bueno al artículo 23° que dicta que “el Estado establecerá una política para la actividad minera y su encadenamiento productivo, la que considerará, a lo menos, la protección ambiental y social, la innovación, la generación de valor agregado (…)”.

Y por último se rechazó el artículo 27°, que propone que “el Estado desarrollará de manera exclusiva la actividad minera (…)”, y podrá asociarse “con particulares siempre resguardando la participación mayoritaria” de este. Sin embargo, la norma aún no figura como eliminada del todo, pues al haber conseguido 66 votos a favor, esta podrá volver a la Comisión de Medio Ambiente para una segunda propuesta.

Tras la aprobación de dichas normas, Joaquín Villarino, presidente ejecutivo del Consejo Minero -que reúne a las principales empresas del sector que operan en Chile-, señaló en su cuenta de Twitter: “Confiamos que se reconducirá la discusión a propuestas más razonables que justifiquen los cambios que necesita el país, sin arriesgar los miles de empleos que dependen de la minería; y reconozcan que esta industria necesita certeza y estabilidad para su desarrollo y aporte”.

Fuente: DF

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